CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO

ARTÍCULO 1.- PREÁMBULO

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal suficiente para contratar, ambas partes exponen haber convenido el arrendamiento de la embarcación identificada en las condiciones y términos explicitados, así como el resto de condiciones que consienten por medio de las siguientes:


ARTÍCULO 2.- ENTREGA DE LA EMBARCACIÓN

  • Por el presente contrato, el Arrendador se obliga a poner la embarcación en poder y posesión del Arrendatario, para su uso y goce por tiempo determinado y a cambio de una remuneración. En todo caso, el presente arrendamiento se formaliza en la modalidad SIN PATRÓN, aunque se puede contratar por su parte. Para su contratación, uno de los pasajeros deberá tener titulación suficiente para su gobierno.

  • Como inicio de los efectos contractuales, el arrendatario recogerá la embarcación objeto del presente contrato en el Puerto del Club Náutico de Cala Canyelles, en Lloret de Mar, en la fecha indicada, puesta en el agua y preparada para hacerse a la mar, con todo su equipo de navegación y seguridad, según el inventario que se adjunta y firma por ambas partes. Asimismo, se entrega con el depósito lleno de carburante, comprometiéndose el arrendatario a abonar todos los costes del combustible consumido o bien devolver la embarcación con el depósito lleno. En caso contrario, se descontará de la fianza, quedando el Arrendador autorizado para ello.


ARTÍCULO 3.- RESPONSABILIDADES DE USO

  • No podrá superarse el número máximo de ocupantes ni sobrepasar las 2 millas de navegación desde un abrigo o playa accesible.

  • Está prohibido varar en la playa o acceder a ella, salvo en supuestos de clara emergencia y a una velocidad máxima de 2 nudos.

  • Está prohibido entrar o salir del agua con el motor en funcionamiento o dejar la embarcación amarrada o anclada sin nadie a bordo, a menos que esté correctamente amarrada en puerto.

  • Deberán respetarse siempre las velocidades indicadas en puertos o canales, así como evitar zonas de bañistas y fondear fuera de las boyas indicadas.

  • Deberá guardarse una distancia mínima de 100 metros respecto a zonas de submarinistas.

  • En caso de mala mar inesperada, se recomienda el uso de chalecos salvavidas y permanecer sentados.

  • La embarcación no podrá utilizarse para competiciones, pesca profesional, comercio, transporte ni ninguna actividad económica, destinándose únicamente al recreo, cumpliendo con la normativa vigente, especialmente la marítima y aduanera.

  • El arrendatario se compromete a navegar únicamente en la zona autorizada, según las limitaciones de la titulación del patrón y la categoría de la embarcación.

  • El arrendatario y, en su caso, el patrón serán los únicos responsables de cualquier incumplimiento legal durante el arrendamiento, debiendo indemnizar al arrendador por sanciones, tasas u otros conceptos causados por su culpa.

  • El uso incorrecto de la embarcación dará derecho al personal autorizado a dar por finalizada la salida sin devolución del importe abonado.

  • Se deberán facilitar teléfonos de contacto disponibles durante el alquiler.

  • La empresa no se hace responsable de pérdidas o daños de bienes del arrendatario u ocupantes durante o después del alquiler.

  • El arrendatario asume el uso diligente y responsable de la embarcación conforme a las normas generales de navegación.

  • Es responsabilidad del cliente el transporte de animales, así como los daños que pudieran ocasionar. Se exige ir descalzo o con calzado adecuado para no dañar la embarcación.

  • Está prohibido gobernar la embarcación bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes. En caso de sospecha de incapacidad, se anulará el alquiler y se perderá la garantía depositada.

  • En caso de avería, colisión o pérdida de material, debe avisarse de inmediato al arrendador.

  • Si la avería no es imputable al arrendatario y no permite continuar el alquiler, se reembolsarán las horas no navegadas o se ofrecerá una embarcación similar, si la hay. Si la avería es imputable al arrendatario, éste deberá asumir los gastos de reparación y remolque.

  • El incumplimiento de estas normas se considerará negligencia grave, con pérdida de la fianza y exoneración de responsabilidad del arrendador.


ARTÍCULO 4.- DEVOLUCIÓN DE LA EMBARCACIÓN

  • Finalizado el plazo, el arrendatario deberá devolver la embarcación en el lugar, fecha y hora indicados, y en el mismo estado en que se entregó.

  • El retraso en la devolución se penaliza con 150 € por cada hora (o fracción), además de posibles daños y perjuicios derivados de cancelaciones de alquileres posteriores.

  • La entrega en un puerto distinto al convenido no justifica el retraso.

  • Si la embarcación no se devuelve en condiciones óptimas de limpieza, se descontarán 50 € de la fianza.

  • El arrendatario será responsable de cualquier equipo perdido o dañado.

  • La devolución anticipada no da derecho a reembolso.


ARTÍCULO 5.- CANCELACIONES Y CAMBIOS

  • No se realizan cambios por condiciones meteorológicas hasta el mismo día del alquiler. Las cancelaciones o cambios, si son posibles, deben realizarse con 5 días de antelación.

  • En caso de mal tiempo que impida la navegación por seguridad, se devuelve el dinero o se cambia el día.

  • Si el cliente decide no salir, a pesar de la autorización del personal, no se realizará ningún reembolso.

  • En caso de cancelación por motivos personales del cliente, no se devolverá el dinero ni se ofrecerá un cambio de fecha.


ARTÍCULO 6.- SEGUROS

  • Todas las embarcaciones están cubiertas por una póliza de seguro a terceros, que cubre daños materiales y físicos causados a terceros.

  • Lloret Rental Boats ofrece un seguro adicional que cubre daños a terceros, físicos de la tripulación y materiales de la embarcación, pero NO cubre:

    • Daños en hélice o motor

    • Golpes en el casco

    • Rotura del bimini

    • Pérdida de material (ancla, cabos, cojines, chalecos, etc.)

    • Daños por negligencia o error de gobierno


ARTÍCULO 7.- FIANZA

  • Se debe depositar una fianza de 800 €, ampliable en caso de contratar accesorios (donuts, skis, paddles, etc.).

  • La fianza se abona en efectivo o tarjeta de crédito al embarcar.

  • Cubre:

    • Daños y desperfectos por mal uso

    • Pérdidas del inventario

    • Sanciones, tasas, retrasos

    • Franquicia del seguro

    • Limpieza extra

    • Qualquier altre concepte de deute del client

  • La devolución se hará tras revisar la embarcación.

  • Si es necessari fer una valoració tècnica, la devolució de la fiança es pot demorar.


ARTÍCULO 8.- FORMAS DE PAGO

  • Para formalizar la reserva, el arrendatario abonará el 50 % del precio.

  • El resto se abonará antes del embarque. Si no se realiza este pago, se anulará la reserva sin devolución del importe entregado.

  • Si es el arrendador quien no cumple, se devolverá la totalidad.

  • El precio no incluye carburante, amarres en otros puertos ni accesorios extras.

  • El retraso de más de 2 horas sin aviso implica la pérdida de la reserva.


ARTÍCULO 9.- REMOLQUES, ACCIDENTES Y AVERÍAS

  • Queda prohibido remolcar otras embarcaciones o permitir ser remolcado, excepto en situaciones de flagrante emergencia.

  • El coste del salvamento será a cargo del arrendatario, salvo en casos de avería mecánica no imputable a su responsabilidad.

  • El arrendatario deberá comunicar al arrendador cualquier incidente, accidente o colisión producidos durante el período de alquiler.

  • Si en dicha incidencia ha intervenido otra embarcación, con el fin de comunicar el siniestro y efectuar, si procede, la reclamación correspondiente, el arrendatario deberá facilitar todos los datos de la embarcación implicada, incluyendo:

    • Nombre

    • Matrícula

    • Marca y modelo

    • Teléfono del propietario y/o arrendatario

    • Nombre del patrón

    • Datos del seguro, etc.

  • En caso de no aportar esta información, se entenderá que la responsabilidad recaerá sobre el arrendatario.

  • Si algún miembro de la tripulación sufre un accidente dentro de la embarcación, el arrendatario deberá informar al arrendador mediante un parte de accidente por escrito, indicando:

    • Las causas

    • Circunstancias

    • Consecuencias de lo ocurrido

    • Datos del causante (si se conocen)

    • Datos de testigos, si los hubiera

  • A efectos del presente contrato, se entenderá por accidente cualquier hecho fortuito, espontáneo, exterior, violento e independiente de la voluntad de quien lo sufre y que afecte a cualquiera de los ocupantes de la embarcación.


ARTÍCULO 10.- PROTECCIÓN DE DATOS Y FUERO

  • En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los firmantes quedan informados y consienten que los datos obtenidos en virtud de este contrato pasarán a formar parte de un fichero cuyo responsable es la empresa, y cuya única finalidad es la gestión de la presente relación comercial.

  • Para cualquier reclamación que pudiera derivarse del cumplimiento de este contrato o de la interpretación de sus cláusulas, ambas partes se someten, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a los Juzgados y Tribunales de Blanes y sus superiores jerárquicos.


ARTÍCULO 11.- VERSIÓN ORIGINAL DEL CONTRATO

  • En caso de existir una traducción del contrato a un idioma extranjero, prevalecerá únicamente el texto en castellano.